Artículo 27
Noción de Grupo
1. Se entenderá que existe Grupo cuando haya dos o más entidades vinculadas entre sí, de hecho o de Derecho, por alguna forma de control.
2. El Grupo de sociedades carece de personalidad jurídica.
Artículo 28
Control
Existe situación de control cuando una persona física o jurídica, de forma directa o indirecta, de hecho o de Derecho, o en virtud de acuerdo con otras personas físicas o jurídicas:
- posea la mayoría de los derechos de votos para adoptar cualesquiera acuerdos en la junta o asamblea de una sociedad; o
- tenga la facultad de nombrar o cesar la mayoría de los miembros del órgano de administración o dirección de la misma.
Artículo 29
Entidad Matriz y Entidad Filial
A los efectos de esta Ley, una persona jurídica es entidad matriz cuando ejerza control sobre otra u otras sociedades, y cualquier sociedad controlada por la entidad matriz, es su filial.