Imprimer

El derecho internacional privado nicaragüense ante el proyecto de ley modelo de la OHADAC

Publié le 01/01/1970, 01h00

Resumen

Las principales normas del sistema nicaragüense de Derecho internacional privado se encuentran dispersas en distintos códigos internos de principios del siglo XX, que conviven y pueden verse desplazados por los escasos Convenios internacionales que en materia de Derecho internacional privado ha suscrito Nicaragua. La configuración del sistema y sus principales postulados resultan insuficientes para dar una respuesta articulada y uniforme a los problemas actuales de tráfico jurídico externo.

Esto, junto a las expectativas de crecimiento comercial y económico de Nicaragua, hacen que el país sea uno de los mejor situados en el Caribe para adoptar la Ley Modelo de la OHADAC como como referente y guía para la configuración de su sistema de Derecho internacional privado.

Auteur : LINARES RODRÍGUEZ Enrique

Introducción

El pasado 17 enero 2014 tuvo lugar en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid la reunión de trabajo de la Organización para la Armonización del Derecho Mercantil en el Caribe (OHADAC, por sus siglas en francés). El objetivo principal de esta reunión fue coordinar la elaboración y los principales lineamientos de un proyecto de Ley Modelo de Derecho internacional privado en el área del Caribe. Para la realización de esta ambiciosa empresa, era necesario contar previamente con estudios sobre los distintos sistemas de Derecho internacional privado (DIPr) de los Estados de la región, y así lo manifestó unánimemente el panel de expertos. La realización de estos estudios, elaborados en su mayoría por especialistas de los países caribeños, permitió que el actual proyecto de Ley Modelo de Derecho internacional privado de la OHADAC1, tuviese en cuenta la realidad jurídica de aquellos Estados a los que en definitiva, estaba dirigido.

El presente trabajo, como parte de esos estudios previos, realiza un análisis del sistema nicaragüense de DIPr, y pone de manifiesto sus principales características en los sectores de competencia judicial internacional, ley aplicable y reconocimiento y ejecución de decisiones. Se realiza además, un esbozo de la realidad político–social nicaragüense y de los distintos sistemas de integración a los que pertenece la mayor de las repúblicas centroamericanas, lo cual permite conocer el porqué de gran parte de su normativa y deja entrever la necesidad de reformas concretas en su sistema de DIPr, adaptadas a las nuevas circunstancias.

El sistema nicaragüense de DIPr no cuenta con una norma especial que abarque la materia, o al menos una parte sustancial de la misma, sino que sus principales postulados se encuentran dispersos en códigos internos que datan de principios del siglo XX. A su vez, la normativa interna puede verse desplazada por lo escasos Convenios internacionales suscritos por Nicaragua en materia de DIPr. Esta dispersión normativa y el empleo de criterios muchas veces desfasados e incompletos, resultan inadecuados para dar una respuesta articulada y uniforme a las cuestiones de tráfico jurídico externo. Todo lo cual, junto a las expectativas de crecimiento comercial y económico de Nicaragua, hacen que el país sea uno de los Estados del Caribe mejor situados para adoptar la Ley Modelo de la OHADAC como como referente y guía para la configuración de su sistema de DIPr.

el-derecho-internacional-privado-nicaraguense-ante-el-proyecto-d.pdf

Traductions disponibles

Le droit international privé du Nicaragua et le projet de loi modèle de l'OHADAC

Publié le 13/11/2014 à 09h22

Catégorie : Droit international privé

Imprimer